Aparcar sí, acampar no
La legislación sobre turismo sólo afecta a las autocaravanas si utilizan elementos externos como toldos o sillas
«No está prohibido el estacionamiento, pero sí la acampada». Son las explicaciones del Ayuntamiento con respecto a la situación de las autocaravanas de El Rinconín, cuya presencia genera quejas entre vecinos y usuarios de este aparcamiento. La legislación que atañe a la pernoctación en estos vehículos es ambigua. La normativa regional prohíbe la acampada libre, entendiendo como tal «la instalación eventual de tiendas de campaña, caravanas u otros albergues móviles con intención de permanecer y pernoctar en lugares distintos a los campamentos de turismo autorizados». No obstante, Tráfico señala que si
el vehículo está en contacto con el suelo sólo con sus cuatro ruedas, no tiene toldos extendidos, sillas y mesas en el exterior ni otro elemento que suponga ocupar más espacio del que ocupa la caravana cerrada, y no emite más fluidos ni ruidos que los propios de su motor, se debe considerar que está «aparcada» y no «acampada», por lo que, aunque se pernocte en su interior, rigen las normas de tráfico y no las de turismo.
http://www.elcomercio.es/v/20110930/gijon/aparcar-acampar-20110930.html
La legislación sobre turismo sólo afecta a las autocaravanas si utilizan elementos externos como toldos o sillas
«No está prohibido el estacionamiento, pero sí la acampada». Son las explicaciones del Ayuntamiento con respecto a la situación de las autocaravanas de El Rinconín, cuya presencia genera quejas entre vecinos y usuarios de este aparcamiento. La legislación que atañe a la pernoctación en estos vehículos es ambigua. La normativa regional prohíbe la acampada libre, entendiendo como tal «la instalación eventual de tiendas de campaña, caravanas u otros albergues móviles con intención de permanecer y pernoctar en lugares distintos a los campamentos de turismo autorizados». No obstante, Tráfico señala que si
el vehículo está en contacto con el suelo sólo con sus cuatro ruedas, no tiene toldos extendidos, sillas y mesas en el exterior ni otro elemento que suponga ocupar más espacio del que ocupa la caravana cerrada, y no emite más fluidos ni ruidos que los propios de su motor, se debe considerar que está «aparcada» y no «acampada», por lo que, aunque se pernocte en su interior, rigen las normas de tráfico y no las de turismo.
http://www.elcomercio.es/v/20110930/gijon/aparcar-acampar-20110930.html