Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 27, miércoles 16 de febrero de 2011
Pagina 5273
http://archivo.bopsctfe.es/2011/02/Bop027-11.pdf
4. Se prohíbe el estacionamiento en la vía pública
de remolques, caravanas remolcables o similares, para
su utilización como lugar habitable con cierta vocación
de permanencia.
Las autocaravanas, podrán estacionar y se les aplicará
la misma normativa legal que a otros vehículos,
siempre que la actividad que se pueda desarrollar en
su interior o exterior no trascienda a la vía pública.
Pagina 5273
http://archivo.bopsctfe.es/2011/02/Bop027-11.pdf
4. Se prohíbe el estacionamiento en la vía pública
de remolques, caravanas remolcables o similares, para
su utilización como lugar habitable con cierta vocación
de permanencia.
Las autocaravanas, podrán estacionar y se les aplicará
la misma normativa legal que a otros vehículos,
siempre que la actividad que se pueda desarrollar en
su interior o exterior no trascienda a la vía pública.